Métodos alternativos de gestión de conflictos
En cada época, a lo largo de la historia de las distintas sociedades, se han construido diferentes formas de abordaje de los conflictos en sintonía con la cultura que las contextualiza y con diferentes grados de formalidad.
En las últimas décadas, el desarrollo de nuevas teorías sobre la paz y los conflictos ha aportado una concepción del ser humano que es capaz de ser protagonista en la resolución de situaciones difíciles, tomar decisiones y ser responsable de éstas y sus consecuencias.
En este sentido, Johan Galtung (1) define Paz como Condición o estado social y humano que se evidencia en los modos de resolver los conflictos. Y caracteriza la La Paz Positiva como la suma de la PAZ DIRECTA (regulación no violenta de conflictos) la PAZ CULTURAL (valores compartidos) y la PAZ ESTRUCTURAL (organización social que trata de lograr el máximo de justicia).
En relación a la regulación no violenta de los conflictos, se han recuperado y creado modalidades de resolución con características particulares, que agrupamos bajo el nombre de métodos de Resolución Alternativa de Disputas (RAD) (2). Utilizamos el concepto de métodos RAD para referirnos a aquellos alternativos al sistema judicial. Estas modalidades se constituyen en un pilar fundamental de la PAZ DIRECTA, es decir de la transformación creativa y no violenta de los conflictos.
Si bien la utilización de métodos no adversariales para la resolución de conflictos tiene largo recorrido histórico en diferentes culturas, en Occidente aparece fuertemente en las décadas del 60 y 70 del siglo XX.
Métodos adversariales | Métodos no adversariales |
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Las partes están enfrentadas y son contendientes. | Las partes actúan juntas y cooperativamente |
Un tercero suple la voluntad de las partes y toma la decisión | Las partes mantienen el control del procedimiento y acuerdan la propia decisión. |
Si una parte gana, la otra necesariamente pierde, soluciones llamadas de "Todo o Nada" |
Todas las partes se benefician con la solución que juntas han creado |
La decisión que pone fin al litigio, se basa en la ley o en la aplicación de un precedente, por lo que no necesariamente resuelve el problema satisfaciendo el interés de las partes. |
La decisión a la que arriban las partes resuelve el problema de conformidad a sus propios intereses, sin importar la solución jurídica o los precedente judiciales
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Este movimiento ha ganado fuerza en Argentina en los años 90, período en que se sancionaron varias leyes enmarcando el proceso de mediación y surgieron distintas instituciones, asociaciones civiles, y programas educativos que dieron impulso a este enfoque.
En nuestro país, histórica y culturalmente, ante una situación de conflicto recurrimos a métodos adversariales para su resolución. En este tipo de método de resolución, las partes en conflicto se encuentran enfrentadas, el tercero suple la voluntad de las mismas, necesariamente uno gana y otro pierde y la decisión que pone fin al litigio se basa en la ley y no siempre resuelve el conflicto.
Recorremos el camino inverso, comenzamos por el más alto nivel, cuando deberíamos reservarlo una vez utilizados métodos de menor nivel, descentralizados, autocompositivos, a excepción de cuando en el conflicto existieren intereses superiores que así lo exigieran. Privilegiamos la heterocomposición, la solución impuesta, sobre la base de las leyes a veces tan distantes de nuestros intereses, deseos y valores.
Pero lo cierto es que el paso del tiempo nos ha demostrado la ineficacia de recurrir a métodos adversariales, y esto ha llevado a revalorizar y buscar alternativas en la manera en que se abordan los conflictos.
Por ello debemos comprometernos a asumir un rol protagónico respecto del conflicto, y utilizar métodos alternativos en su resolución, donde prevalezcan la cooperación por sobre la competencia, las soluciones integradoras por sobre las distributivas, y donde se entienda la comunicación entre personas con posiciones diferentes como algo deseable, se posibilite que puedan develar sus verdaderos intereses, deseos y necesidades, y se comprenda que la resolución es más saludable que permanecer en el conflicto y que un tercero puede facilitar para la solución, pero la misma es fruto de la autocomposición. Es ésta última característica la que permite que el cumplimiento de lo automipuesto por las partes sea un proceso más efectivo y natural.
Las opciones de métodos de RAD van desde las que permiten a las partes el mayor control sobre el procedimiento y el resultado (tal como la negociación), a las que dan a las partes un menor control del procedimiento y el resultado (tal como el arbitraje). De acuerdo al gráfico elaborado por Constantino y Sickles Merchant (3), hay seis categorías amplias de opciones de métodos de RAD: preventiva, negociada, facilitada, investigación de hechos, orientativa e impuesta.
Creemos que mas allá de la gama de métodos a los que podemos recurrir de acuerdo a las necesidades del conflicto a resolver, nuestro gran desafío es generar cambios en la forma en que las personas pensamos y actuamos frente a una situación percibida como conflictiva. Transformar a las partes para que se sientan empoderadas, capaces de resolver los conflictos y no permanecer en ellos como testigos estáticos o dejar en manos de otros la solución de los mismos, sino ser los verdaderos protagonistas en la construcción de la Paz Directa.
Notas:
1. Galtung, Johan (2003). Paz por medios pacíficos: paz y conflicto, desarrollo y civilización. Bilbao, Bakeaz.
2. Utilizamos en este caso el concepto disputa como sinónimo de conflicto.
3. Constantino, Cathy A; Sickles Merchant, Christina. (1997) Diseño de Sistemas para Enfrentar Conflictos. Granica. Cap. 3.
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