Educación
22 de noviembre de 2012

La gratuidad de la enseñanza universitaria en el contexto internacional

Lic. Julieta ABBA

“La educación es entonces un derecho habilitante,
pues permite la realización de todos los derechos humanos,
en la construcción del conocimiento que hace posible la dignificación de la vida
y por ello es también un derecho civil, político, económico y cultural”

(UNESCO, 2011:31)

 

Si bien en su génesis el acceso a la universidad se caracterizó por ser restrictivo, al tener acceso sólo aquellas personas letradas o hijos de familias que pertenecían a una clase social alta, fue a partir de 1950 cuando la enseñanza de la Educación Superior comenzó a masificarse a nivel internacional. De esta manera, aunque los índices de matrícula de estudiantes universitarios aumentaron de 13 millones en 1960 a 79 millones en el año 2000 (López Segrera, 2007), en la actualidad se hacen presentes desigualdades en los niveles de masificación de la matrícula entre los diversos países, por ejemplo Guatemala, Honduras, Costa Rica y El Salvador se encuentran en el nivel bajo (25% o menos); Brasil y México en el nivel medio/bajo (26% a 35%); Bolivia, Colombia, Panamá en el nivel medio (36% a 45%) y Venezuela, Corea del Sur, Cuba, Gran Bretaña y Argentina en el nivel alto (55% o más) (Brunner, 2012). 

Paralelamente, este proceso fue acompañado de una proliferación de instituciones privadas en materia de Educación Superior que pueden aglutinarse en tres grupos: los países con un sector privado grande (más de 50% de la matrícula) como Japón, Brasil, Chile, El Salvador, Indonesia, Bangladesh, Corea del Sur; países con un sector privado mediano (entre el 25-50% de la matrícula) como Estados Unidos, Canadá, Australia, Nueva Zelanda, India, Perú, Paraguay, México, Nicaragua; países con un sector privado pequeño (menos del 25% de la matrícula) como Costa Rica, Ecuador, Argentina, Honduras y, finalmente, países con un sector privado incipiente o inexistente (menos del 10% o nada de la matrícula) entre los que se encuentran China, Bolivia, Panamá, Uruguay y Cuba (García Guadilla, 2005). Al igual que las estadísticas sobre la masificación de la matrícula en Educación Superior, de estos resultados se puede inferir que existe una gran disparidad sobre el establecimiento de instituciones privadas entre los diversos países.  

Ahora bien, es necesario indagar sobre los factores económico-sociales que promueven estas desigualdades, principalmente los vinculados al arancelamiento de las matrículas. En el año 2001, la Organización Mundial del Comercio (OMC) comenzó un debate en torno a la definición de los servicios regulados por el Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios (AGCS), entre los que se incluyó a la Educación Superior. En dicho acuerdo, se propuso la disminución o eliminación de las barreras que restringen el movimiento de capital educativo y de personas, como así también la instalación de instituciones externas y la promoción de una oferta local de educación transfronteriza; otorgando a la educación superior la calidad de “mercancía” susceptible de ser comercializada (Rama, 2010).

En consonancia con estos lineamientos, el Banco Mundial (BM) plantea la necesidad de un mercado educativo que aliente las dinámicas competitivas y exalte la injerencia del financiamiento privado. Según este organismo, estás características conllevan un mejoramiento en el desempeño de los estudiantes y la calidad de la selección, debido a que los alumnos que deseen y puedan estudiar en la universidad tendrán un mayor compromiso en sus estudios. Bajo esta lógica de arancelamiento, aquellas familias que no posean los recursos económicos para poder enviar a sus hijos a la universidad, cuentan con una alternativa de financiamiento basada en un mercado de créditos, otorgado por el gobierno o por bancos privados, que les permite acceder a estudios universitarios con la obligación de pagar el préstamos con los futuros ingresos del profesional recibido.

Algunos ejemplos de esta perspectiva pueden ser los sistemas educativos de Chile y Estados Unidos, dado que en estos países el acceso a la educación no se considera como un derecho o como un mecanismo de promoción de la igualdad social, sino más bien todo lo contrario, se protege la iniciativa privada excluyendo el concepto de educación como bien público. Según la UNESCO (2011:47) “el sistema que caracteriza la educación chilena está orientado por procesos de privatización, que pueden causar segmentación, exclusión, discriminación y desencadenar mecanismos selectivos”. Como consecuencia de ello, el movimiento estudiantil chileno manifestó su descontento, principalmente en las movilizaciones llevadas a cabo a partir del 2006 en la “Revolución Pingüina” y aquellas realizadas en el transcurso del 2011 y en este año a favor de una educación pública, gratuita y de calidad. Esta misma lógica se encuentra en el sistema universitario estadounidense, el cuál está caracterizado por un escaso presupuesto destinado a la educación en general y un aumento de la decisión política de dejar en manos del mercado el financiamiento en materia educativa y las reglas de juego conciertes a esta temática.

Ante este escenario, Argentina se presenta como un caso paradigmático ya que la enseñanza de la Educación Superior se imparte de manera pública y sin pagar algún tipo de arancel. La adquisición de este derecho se remonta a 1949, cuando el presidente Juan Domingo Perón firmó y promulgó el decreto 29.337 que eliminó los aranceles para este nivel educativo y permitió el acceso a la Educación Superior por parte de todos los sectores sociales, incluso aquellos más vulnerables. Este sistema, aun vigente en Argentina, se contrarresta con aquellas lógicas meritocráticas, selectivas y mercantiles (Imen, 2005) promulgadas por los organismos financieros internacionales.

De esta manera, la masificación de la gratuidad de la enseñanza marca un precedente ya que desaparece  la idea de una “universidad de elite” posibilitando el acceso a sectores populares que anteriormente se encontraban excluidos de la educación superior. Finalmente, es necesario destacar que además de garantizar el derecho a la educación en todos sus niveles, se bregó por la disminución de algunas brechas que siguen obstaculizando el acceso a la educación superior, como por ejemplo la creación, desde el año 2003, de 9 universidades nacionales públicas y gratuitas. Este proceso trajo aparejado una mayor distribución geográfica de las universidades y otorgó la posibilidad de acceder a la educación superior a aquellos estudiantes que, por motivos laborales o por las grandes distancias, no pudieron asistir a las universidades públicas ya consolidadas.

Bibliografía

BRUNNER, J. (2012). “La idea de universidad en tiempos de masificación”, en Revista Iberoamericana de Educación Superior (ries), México, unam-iisue/Universia, Vol. III, núm. 7, pp. 130-143, http://ries.universia.net/index.php/ries/article/view/228 [consulta: fecha de última consulta].

GARCÍA GUADILLA, C. (2005). Complejidades de la globalización e internacionalización de la educación superior. Interrogantes para América Latina, Cuadernos del CENDES, año 22, N° 58.

IMEN, P. (2005). “Los desafíos educativos. Notas críticas sobre el ALCA”. En Gambina, J. (Comp.) “Moloch Siglo XXI. A propósito del Imperialismo y las Cumbres. Centro Cultural de la Cooperación. Buenos Aires. Argentina.

INFORME UNESCO (2011). El derecho a la educación: una mirada comparativa: Argentina, Uruguay, Chile y Finlandia. Oficina Regional de Educación para América Latina y el Caribe. UNESCO. 

LÓPEZ SEGRERA, F. (2007). La educación superior: reforma y prospectiva. ¿Internacionalización o transnacionalización? En: Transformación Mundial de la Educación Superior. Universidad Iberoamericana de Puebla, México

RAMA, C. (2010). La tendencia de la internacionalización de la Educación Superior. En: Universidad, sociedad e innovación. Una perspectiva internacional. Caseros: EDUNTREF.

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Lic. Julieta ABBA:
Lic. en Relaciones Internacionales. Investigadora del Centro de Estudios Interdisciplinarios en Problemáticas Internacionales y Locales (CEIPIL),  UNICEN. Becaria de la Comisión de Investigaciones Científicas (CIC). Maestranda en Políticas y Administración de la Educación (UNTREF).
Contacto: mjulieta [dot] abba [at] gmail [dot] com