Viernes 16 de abril de 2021

Asamblea Universitaria en forma virtual, tentativamente el 28 de mayo

Asamblea Universitaria en forma virtual, tentativamente el 28 de mayo
 
TANDIL, 15/04/2021
 
ORDENANZA: Nº5067 VISTO: Que por la ordenanza 5055/21, el Honorable Consejo Superior convocó a realizar la Asamblea Universitaria Ordinaria con el objeto de elegir Rector y Vicerrector de esta Universidad por un nuevo período y la extensión de los mandatos de autoridades superiores, estando prevista la misma para el día 19 de abril de 2021, de manera presencial en el Gimnasio del Campus Universitario Tandil,
 
Y CONSIDERANDO: Que, al momento de decidir la convocatoria, el Honorable Consejo Superior dejo constancia que la misma quedaba supeditada a la evolución de la situación sanitaria en la región.
 
Que la situación epidemiológica en relación a Covid-19 en la región se ha ido agravando desde el día 23 de marzo, fecha en que se decidiera la mencionada convocatoria.
 
Que dicho agravamiento se encuentra claramente explicitado en el Acta del día 13 de abril del Comité de Emergencia de la UNCPBA (creado por Resolución 272/20), y en consecuencia este recomienda la suspensión de la Asamblea por no estar dadas las condiciones sanitarias para su realización.
 
Que el cuerpo entiende la necesidad de proceder con los procesos electivos que garanticen la institucionalidad y den certezas a la comunidad en su conjunto. Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 28º Inc.b) del Estatuto de la Universidad, aprobado por Resolución Ministerial Nº 2672/84 y modificado por la Honorable Asamblea Universitaria;
 
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES O R D E N A
 
ARTÍCULO 1º: Suspender la Asamblea Universitaria prevista para el 19 del corriente, en razón de la situación epidemiológica imperante en nuestro país en general y en las ciudades donde se encuentran radicadas las unidades académicas, en un todo de conformidad con el Acta de fecha 13 de Abril del Comité de Emergencia de la UNCPBA.
 
ARTÍCULO 2º: Disponer que la Asamblea Universitaria que elegirá al Rector y Vicerrector por el nuevo período, se llevará a cabo en forma virtual, tentativamente el 28 de mayo próximo. -
 
ARTÍCULO 3º: Requerir del sector informático y del servicio jurídico permanente, ambos de esta Universidad, un informe y propuesta de cómo operativamente se puede llevar a cabo la referida asamblea, en forma virtual, garantizando el derecho de los asambleístas a expresarse en la misma y cumplir con su mandato, a fin de proceder a la elección de autoridades correspondientes.-
 
ARTICULO 4º: Regístrese, comuníquese, notifíquese y archívese.-