Friday 7 de June de 2013

La Secretaría de Ciencia, Arte y Tecnología informa a los investigadores y becarios que deban adquirir pasajes aéreos con fondos provenientes de Subsidios, que  se ha recepcionado la Decisión Administrativa Nº 244/13 que complementa al Decreto 1191/12, de la cual se transcribe a continuación la parte pertinente:

 

Decisión Administrativa 244/13 de Jefatura de Gabinete de Ministros establece que “se entenderá que las necesidades de transporte de personas no pueden ser cubiertas por Aerolíneas Argentinas y pueden apartarse de lo indicado en el 1º párrafo del decreto 1191/12 por decisión fundada de la máxima autoridad (en este caso Rector) cuando:

 

  1. Para llegar a destino se requiera de una conexión entre un vuelo de Aerolíneas Argentinas y otra aerolínea y el tiempo de espera en la conexión fuera menor a 3 horas o mayor a 6 horas.
  2. El destino requiera una conexión entre un vuelo de Aerolíneas Argentinas y otra aerolínea y el tramo de esta última sea el de mayor extensión, siempre que el valor total del pasaje supere el 20% del valor del vuelo punto a punto por una tercera empresa
  3. Para llegar a destino deba agregarse una escala adicional por Aerolíneas Argentinas si el pasaje que se requiere ya tiene una escala por otra aerolínea.”

 

En el caso de compra de pasajes con fondos de Subsidios de AGENCIA, CONICET, CICPBA o Subsidios de la Universidad (Línea A1, A3, etc.),  les solicitamos se comuniquen,  antes de efectuar la reserva del pasaje, con la Unidad Administradora de la SECAT, a efectos de dar cumplimiento a lo establecido por la normativa vigente.

 

Atentamente,

 

Dra. Analía Amandi

Secretaria de Ciencia, Arte y Tecnología